¡Por supuesto! Crear una asociación es algo que puede hacer cualquier persona mayor de edad y con capacidad de obrar, junto con al menos dos personas más. No solo las personas físicas pueden crear una asociación, también pueden hacerlo personas jurídicas o mezclar ambos tipos de personas. Simplemente saber que las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de, al menos, tres personas físicas o jurídicas legalmente constituidas.

Si este es tu caso, sigue leyendo porque esto te interesa.

¿Qué debo tener en cuenta antes de crear una asociación?

Podríamos hablar de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación a nivel estatal, así como hablar de las diferentes regulaciones autonómicas sobre este tema, pero en este artículo vamos a comentar los puntos importantes a tener en cuenta a la hora de crear una asociación.

Al principio ya hemos comentado el mínimo de las personas que pueden crear una asociación, pero mucha gente tiene dudas sobre el significado de asociación sin ánimo de lucro, ¿no podemos tener beneficios? Claro que sí, de hecho deberíamos tener al menos una fuente de ingresos para poder llevar a cabo todo aquello que queramos hacer ya sean proyectos sociales, educativos, políticos, religiosos,….

El significado de “sin ánimo de lucro” indica que los beneficios que se puedan conseguir no pueden servir para el beneficio de una o varias personas, sino que deben destinarse en su totalidad a los fines para los que se ha creado la asociación. Por ejemplo, si hemos creado una asociación para difundir información científica sobre un determinado tema, ¡solo podremos invertir nuestros beneficios en herramientas que nos ayuden a difundir la información científica pero no para irnos de vacaciones al Caribe!

En la mayor parte de casos, las asociaciones deben cumplir con más obligaciones fiscales incluso que las empresas por lo que si tu objetivo es ir al Caribe, quizás no sea este el modelo de organización que necesitas.

¿Cómo estructuro mi asociación?

Hay que tener en cuenta que al crear una asociación, el poder de la misma no está en manos de una sola persona, si no que deben ser todos los socios los que tomen las decisiones de forma consensuada mediante un órgano de gobierno que normalmente se suele llamar Asamblea General. Este órgano se tiene que reunir al menos una vez al año para debatir cualquier situación interna de la asociación.

Como contar siempre con la opinión de todos nuestros asociados puede llegar a ser un poco complicado, las asociaciones pueden crear un órgano de representación, que solemos llamar, Junta Directiva, que gestiona y representa nuestros intereses, de acuerdo con todo aquello que se diga en la Asamblea General. Este órgano debe estar formado por al menos, tres personas, presidencia, secretaría y tesorería. ¿Recuerdas que antes comentábamos que para crear una asociación hacen falta 3 personas? ¡Ahí tienes la respuesta!

Incluso algunas de las funciones de la Junta Directiva pueden delegarse en otras personas a empresas. Algunos de estos servicios externos pueden ser contar con una secretaría técnica, una asesoría para los temas contables y fiscales, contar con una agencia de marketing para ayudar a dar visibilidad a nuestra asociación o un organizador profesional de eventos (si nuestra asociación los va a realizar).

Pasos a seguir para la creación de una asociación

A grandes rasgos, podemos definir 3 pasos importantes que debemos seguir para crear una asociación:

  • Inscripción en el Registro de Asociaciones

  • Solicitud del NIF a la Agencia Tributaria

  • Otros trámites

Inscripción en el Registro de Asociaciones

La inscripción en el Registro de Asociaciones correspondiente (ya sea estatal o autonómico), es un derecho recogido en nuestra Constitución y no una obligación. Los beneficios de la inscripción son la publicidad, la garantía hacía terceros y para las personas asociadas, la posibilidad de concurrir a subvenciones y ayudas y por el régimen de responsabilidades. En caso de no estar inscrita en el Registro, la responsabilidad será solidaria entre todos los socios. Sin embargo, al estar inscrita, los socios no responden personalmente de las deudas de la asociación.

Vista esta pequeña introducción, con la recomendación que todas las asociaciones deberían estar inscritas, hay que saber el ámbito de actuación de la asociación. Si nuestro ámbito es de carácter nacional, deberemos inscribirnos en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior. Si el ámbito es inferior al estatal, deberemos inscribirnos en el Registro Autonómico de nuestra circunscripción.

Tras saber esto, deberemos ponernos manos a la obra con toda la información que nos solicitan. Aunque puede variar entre comunidades, siempre se pedirán los siguientes documentos:

  • Solicitud de creación de asociación.
  • Acta fundacional, donde se indique la justificación de la asociación, la información sobre los fundadores de la misma y el domicilio social.
  • Estatutos de la asociación.
  • Integrantes del órgano de gobierno provisional.
  • Tasas, que cada comunidad autónoma gestiona de forma diferente.

Si hemos realizado el trámite anterior correctamente, recibiremos en nuestro domicilio la resolución de la creación de la asociación, pero ¿habremos terminado nuestro proceso? Todavía no, falta un paso muy importante.

Solicitud del NIF a la Agencia Tributaria

Si ya estamos inscritos en el Registro correspondiente, ahora tocará dotar de identificación fiscal a nuestra recién creada asociación. ¿Cómo lo hacemos? Muy sencillo, junto con los documentos de conformidad de la asociación que habremos recibido en nuestro domicilio, deberemos solicitar nuestro número de identificación fiscal o NIF en la delegación de la Agencia Tributaria más cercana al domicilio social de nuestra asociación mediante el modelo 036. Recuerda que puedes solicitar cita previa para poder realizar estas gestiones.

Otros trámites

Desde el año 2016, se ha añadido una nueva obligación para todo tipo de asociaciones puesto que es de obligado cumplimiento. Debemos tener un certificado digital de representante de persona jurídica. Se puede solicitar a través de la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre aunque también requiere acudir a una oficina de la Agencia Tributaria.

Aunque no es obligatorio, también podemos inscribir a nuestra asociación en otros registros puesto que nos puede ayudar a conseguir subvenciones, por ejemplo, al estar inscritos en el Registro de Asociaciones del ayuntamiento en el cual realicemos nuestra actividad.

Esperemos que con este pequeño artículo, tengas un poco más claro todo lo relacionado con crear una asociación, requisitos, pasos a seguir, etc. Si te ha gustado el artículo o te ha parecido interesante, no dudes en compartir la información a través de las redes sociales o dejando un comentario en nuestra web. ¡Muchas gracias!